Modifican conformación de la Comisión Técnica de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, respecto de los representantes titulares y alternos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Unidad Ejecutora de Inversiones| RM N° 254-2021-MINEDU - Docentes al día

Modifican conformación de la Comisión Técnica de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, respecto de los representantes titulares y alternos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Unidad Ejecutora de Inversiones| RM N° 254-2021-MINEDU

VISTOS, los Expedientes N° 0057049-2021 y N° 0098242-2021, el Informe N° 00140-2021-MINEDUVMGP-DIGESU-DICOPRO de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, el Memorándum N° 00325-2021-MINEDU-VMGP-DIGESU de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el Informe N° 00854-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 1 y 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, el Ministerio de Educación es el ente rector de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria; además se indica que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial. Está integrada por docentes, estudiantes y graduados;
Que, el Decreto Supremo N° 016-2019-MINEDU, Decreto Supremo para la aprobación e implementación de un Plan de Emergencia para el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad por parte de las universidades públicas con licencia institucional denegada (en adelante, el Decreto Supremo), tiene como finalidad que las universidades públicas con licencia institucional denegada ejecuten un Plan de Emergencia orientado a alcanzar las condiciones básicas de calidad durante el plazo máximo de cese establecido en el “Reglamento
del Proceso de Cese de Actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado”, aprobado mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 111-2018-SUNEDU/CD y, antes del cese definitivo, soliciten la licencia institucional en un
nuevo procedimiento de acuerdo al marco legal;
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 del Decreto Supremo señala que la Comisión Técnica es un órgano colegiado sin personería jurídica, conformado por representantes del Ministerio de Educación y de la universidad pública con licencia denegada, que cumple funciones específicas de seguimiento, supervisión, emisión de propuestas e informes. La Comisión Técnica se encuentra integrada por: a) Un (1) representante del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, quien lo preside y tiene voto dirimente; b) Un (1) representante de la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación, que actúa como Secretaría Técnica de la Comisión; c) Un (1) representante de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto del Ministerio de Educación; d) Un (1) representante de la Oficina de Calidad de la universidad pública con licencia denegada, o quien haga sus veces; e) El responsable de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la universidad pública con licencia denegada, o quien haga sus veces; y f) El responsable de la Dirección General de Administración o de la Unidad Ejecutora de Inversiones de la universidad pública con licencia denegada, o quien haga sus veces;

Que, de conformidad con el numeral 4.4 del artículo 4 del Decreto Supremo, el Plan de Emergencia es un instrumento técnico elaborado por una Comisión Técnica, que contiene el detalle de las acciones concretas que la
universidad pública debe desarrollar para el cumplimiento de las condiciones básicas de calidad, que le permita
solicitar la licencia institucional en un nuevo procedimiento conforme a la normativa vigente, antes del cumplimiento
del plazo de cese definitivo; asimismo, señala que el Plan de Emergencia es aprobado por resolución del Titular del Ministerio de Educación, en su calidad de promotor de la educación superior universitaria pública y ente
rector de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria, el cual comprende un
cronograma de trabajo, así como obligaciones a cargo de la universidad;

Que, de acuerdo a lo establecido en el numeral 5.1 del artículo 5 del citado Decreto Supremo, en un plazo máximo
de diez (10) días hábiles de publicada la resolución de denegatoria de licencia institucional, el Ministerio de Educación, mediante Resolución Ministerial conforma la Comisión Técnica y da inicio a la implementación de las
acciones de evaluación y seguimiento; Que, con la Resolución del Consejo Directivo N° 038-2020-SUNEDU/CD, se deniega la licencia institucional a la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo para ofrecer el servicio educativo superior universitario en el territorio nacional, en atención a la evaluación que se detalla en el Informe Técnico de Licenciamiento N°015-2020-SUNEDU-02-12 del 14 de febrero de 2020 y el Informe Complementario Nº 019-2020-SUNEDU-02-12 del 19 de febrero de 2020; en consecuencia se deja sin efecto las resoluciones emitidas por el extinto Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades – CONAFU, así como las resoluciones
complementarias a éstas, emitidas por la extinta Asamblea Nacional de Rectores – ANR y el extinto Consejo Nacional
de la Universidad Peruana – CONUP;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 343-2020-MINEDU, se conforma la Comisión Técnica encargada de la elaboración del Plan de Emergencia orientado a alcanzar las condiciones básicas de calidad por parte de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo; así como del seguimiento, supervisión, emisión de propuestas e informes en el marco de sus funciones. Posteriormente, mediante la Resolución Ministerial N° 140-2021-MINEDU, se modifica la conformación de la citada Comisión Técnica;

SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar la conformación de la Comisión Técnica encargada de la elaboración del Plan de Emergencia orientado a alcanzar las condiciones básicas de calidad por parte de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo; así como, del seguimiento, supervisión, emisión de propuestas e informes en el marco de sus funciones, respecto de los representantes titular y alterno de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Unidad Ejecutora de Inversiones, respectivamente; quedando conformada la representación de la mencionada casa de estudios, según se detalla a continuación:

Miembros Titulares:
– La señora MARIA ISABEL CAJUSOL MANAYAY, representante de la Oficina General de Calidad Universitaria de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo;
– El señor ABEL NILO SAIRITUPA VILLAFUERTE, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo;
– El señor JOSE LUIS CARRANZA GARCIA, Director de la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo;

Miembros Alternos:
– La señora MILAGROS DEL PILAR HORNA OLIVA, representante alterna de la Oficina General de Calidad Universitaria de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo;
– El señor RICHAR NESTOR PISCOYA OLIVOS, representante alterno de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo;
– El señor JIMMY ALEXIS SAAVEDRA URIARTE, representante alterno de la Unidad Ejecutora de  Inversiones de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.

Artículo 2.- Precisar que los representantes titulares y alternos del Ministerio de Educación, designados mediante la Resolución Ministerial N° 140-2021-MINEDU, continúan conformando la referida Comisión Técnica.

Vea el documento completo aquí

Presione el siguiente botón para descargar el documento 

https://drive.google.com/file/d/1zy0HwiTbcHqF9NqDAbrwK4QNQPn7kVSE/view?usp=sharing

Fuente: El peruano

Si te gusto nuestra publicación no te olvides de regalarnos un LIKE en nuestro Facebook 

https://www.facebook.com/portaldocentealdia

Para regresar a nuestra pagina principal y enterarte primero de la información presione la siguiente imagen 

https://portaldocentealdia.com/