Modifican el Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Primaria focalizadas con plazas de Profesores de Educación Física para el Año Fiscal 2021
Lima, 16 de julio de 2021
VISTOS, el Expediente Nº 0028167-2021, los Informes N° 013-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID, N° 026-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID y N° 010-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID-VPR de la Dirección de Educación Física y Deporte de la Dirección General de Educación Básica Regular, el Informe N° 00855-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº 00867-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 76 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, dispone que las plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por nombramiento son atendidas vía concurso público de contratación docente;
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, señala que el Contrato de Servicio Docente regulado en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, tiene por finalidad permitir la contratación temporal del profesorado en instituciones educativas públicas de educación básica y técnico productiva; asimismo, establece que, mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Educación, se regula el procedimiento, requisitos y condiciones, para las contrataciones en el marco del Contrato de Servicio Docente; así como las características para la renovación del mismo;
Que, el literal c) del numeral 6.3.1 de la “Norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para las contrataciones de profesores y su renovación, en el marco del contrato de servicio docente en educación básica, a que hace referencia la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones”, aprobada por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 015-2020-MINEDU, establece que para el proceso de contratación de profesores se consideran como vacantes, entre otras, las horas para completar el plan de estudios del área curricular de educación física en la educación básica regular del nivel primaria;
Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 036-2021-MINEDU, se aprueba el “Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Primaria focalizadas con plazas de Profesores de Educación Física para el Año Fiscal 2021”;
Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, con Oficio N° 00198-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR, la Dirección General de Educación Básica Regular remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 013-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID, complementado con los Informes N° 026-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID y N° 010-2021-MINEDU/VMGP-DIGEBR-DEFID-VPR, elaborados por la Dirección de Educación Física y Deporte, mediante los cuales se propone y sustenta la necesidad de modificar el padrón aprobado por el artículo 1 de la precitada Resolución Viceministerial N° 036-2021-MINEDU (en adelante, el proyecto de resolución); lo que permitirá continuar con la implementación del Currículo Nacional de la Educación Básica en el área de Educación Física;
Que, de acuerdo con los documentos adjuntos al expediente, la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente emitió opinión favorable al proyecto de resolución;
Que, a través del Informe N° 00855-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, considera técnicamente factible continuar con el trámite de aprobación del proyecto de resolución; por cuanto, se encuentra alineado con los objetivos estratégicos e institucionales del Sector Educación y no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación;
Que, asimismo, con Informe N° 00867-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas emitidas, opina que la aprobación del proyecto de resolución resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el literal o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, es función del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica aprobar actos resolutivos y documentos normativos en el ámbito de su competencia;
De conformidad con la Ley N° 28044, Ley General de Educación; la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el “Padrón de Instituciones Educativas Públicas de Primaria focalizadas con plazas de Profesores de Educación Física para el Año Fiscal 2021”, aprobado por el artículo 1 de la Resolución Viceministerial N° 036-2021-MINEDU; el mismo que, quedará redactado conforme al anexo que forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.
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Fuente: El Peruano
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