APRUEBAN PAGO DE DEUDA SOCIAL SIN EXIGENCIA DE PROCESO JUDICIAL - Docentes al día

APRUEBAN PAGO DE DEUDA SOCIAL SIN EXIGENCIA DE PROCESO JUDICIAL

Pleno del Congreso aprueba norma que reivindica derechos del maestro peruano

Se propone que deuda social con el magisterio se financie con saldos fiscales disponibles anuales

Centro de Noticias del Congreso

LEY APROBADO

16 Jun 2021 | 22:01 h

El Pleno del Congreso aprobó por 101 votos a favor, 0 en contra y 3 abstenciones, el texto sustitutorio de una veintena de proyectos de ley que, de manera similar, reconocen la necesidad de cumplir con el pago de la deuda social con los maestros del Perú.

Luego de la aprobación unánime en la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, el texto de la Ley que declara de interés nacional el pago de la deuda social por preparación de clases y evaluación de los docentes del sector educación se intenta hacer justicia con los miles de docentes cesantes, jubilados y activos que no pueden hacer efectivo el pago de los derechos mencionados, pese a estar amparados por ley para gozar de ese beneficio.

El presidente de la Comisión de Presupuesto, Benavidez Gavidia, explicó que el concepto de preparación de clases y evaluación está determinado por el artículo 48 de la Ley 24029, Ley del Profesorado, modificada por la Ley 25212 que la prorroga. Según las mencionadas normas, el Poder Ejecutivo, en el uso de sus facultades, otorga el financiamiento correspondiente en las leyes anuales de presupuesto.

Se debía aplicar sobre la remuneración total permanente, el cambio de base para el cálculo del beneficio del profesor, al considerar la remuneración de base o la permanente ha creado controversias entre los docentes y el Estado, ante ello los docentes recurrieron ante el Poder Judicial para el reconocimiento de sus beneficios laborales, sin obtener resultados. En muchos casos, les han dado la razón, pero en la actualidad hay muchas sentencias que reconocen la necesidad del pago de la deuda social.

Los beneficiados no pueden cobrar pese a que el Poder Ejecutivo ha puesto en marcha diversos procesos de pago de la deuda social del magisterio. Estos procesos no han sido ordenados ni sistematizados, lo que genera una gran incertidumbre entre los maestros con deuda pendiente.

Asimismo, la cantidad que el Estado les adeuda se sigue acumulando, cada vez es más cuantiosa. Son miles los docentes cesados por su edad avanzada, otros ya fallecieron sin que les hayan honrado el beneficio reconocido por el DL 1440, del sistema público y también en la leyes del presupuesto para el pago de la deuda social con el magisterio, que desde el año fiscal 2018, se aprobó 200 millones de soles para ejecutar dichos pagos, pero estos recursos son insuficientes.

El presidente de la comisión de Presupuesto afirma que fue necesario actualizar 18 iniciativas aprobadas en julio 2020, por su similar contenido. La nueva fórmula legal de textos propuestos tiene urgencia, necesidad y se ha considerado que la reivindicación de los maestros es necesaria como un solo cuerpo colegiado, además en marzo 2021 se aprobó un nuevo texto sustitutorio.

Considera dos textos fundamentales: permitir que el pago de la deuda social se efectué con los saldos disponibles según proyección al cierre del año fiscal respectivo del presupuesto del sector público. Por la fuente del financiamiento de recursos ordinarios destinados a las genéricas del gasto corriente.

Asimismo, se busca modificar el numeral 73.2 del artículo 73 del Decreto Ley l 1440, del Sistema Nacional del Sistema de Presupuesto Público para que en caso de que las entidades no cuenten con los recursos suficientes para atender el pago de las sentencias judiciales, las entidades programen en el año fiscal siguiente, como mínimo el 3 % de los monto a ser aprobados en el Presupuesto Inicial de Apertura (PIA).

Si las deudas por sentencias judiciales acumuladas son menores al cálculo obtenido mínimo obtenido del 3 %, se programan en el PIA los recursos necesarios para el pago total de dichas sentencias.

OFICINA DE COMUNICACIONES

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